Vamos a detallar las principales características del Impuesto de Circulación.
Este impuesto se denomina oficialmente Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica, aunque se le sigue recordando y refiriéndose a él como “de Circulación”, que era el nombre que tenía hasta el año 1990. El pago del impuesto es responsabilidad única de la persona propietaria del vehículo.
El que figure como titular del mismo el 1 de enero de cada año natural, será el que debe hacer el pago, independientemente de que durante el ejercicio el vehículo cambie de titularidad. Aunque se aplica a todos los vehículos en general, existen algunas exenciones al pago del tributo:
El pago del impuesto se realiza a través de los Ayuntamientos, que son responsables de la gestión y cobro del mismo. En general, se realiza en un sólo pago anual, aunque se puede prorratear la cantidad, por ejemplo en el caso de que hayamos adquirido un vehículo nuevo en el mes de julio, caso en el que pagaremos la parte proporcional desde ese mes hasta que termina el año.
La cantidad a abonar varía muchísimo entre Ayuntamientos, en algunos casos con variaciones muy alejadas de la realidad. A parte de esto, el impuesto se paga en función de algunas variables como la potencia del vehículo, número de plazas, peso, carga, etc.